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Se concederán subvenciones a los trabajadores excedentes del sector textil y de la confección que se constituyan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y cumplan los siguientes requisitos:
a) La constitución como trabajador autónomo o por cuenta propia debe haberse producido entre el 25 de enero de 2008 y el 24 de enero 2010.
b) Debe haber sido beneficiario de las ayudas que convoque la Generalitat en base a la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo, en alguno de los siguientes programas:
- Subvención para el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia.
- Subvención financiera.
Más información:
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos&id_page=&id_proc=14205