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  • 25 mayo, 2009 Novedades referentes a los modelos de autoliquidación del IVA Con este simplificación se pretende facilitar la gestión administrativa y aliviar, en la medida de lo posible, la carga fiscal indirecta de las empresas.

Con la aprobación del único modelo de declaración del Impuesto del Valor Añadido, el modelo 303 “Impuesto sobre el Valor Añadido, autoliquidación”, se unifican en  uno solo  los siguientes modelos que quedan derogados para efectuar autoliquidaciones de períodos iniciados a partir del 1 de enero de 2009:
modelo 300: Régimen General. Declaración Trimestral
modelo 320: Grandes Empresas. Declaración mensual.
modelo 330 : Exportadores y otros operadores económicos. Declaración mensual
modelo 332:  Grandes empresas inscritas en el registro de exportadores. Declaración mensual


El modelo 303 se puede presentar de dos formas:

- Obligatoriamente por vía telemática a través de Internet en el caso de aquéllos sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural o de aquéllas entidades que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada.
- En los demás supuestos, la presentación del modelo 303 podrá realizarse en impreso o potestativamente a través de Internet.

Para más información consultar la Orden  EHA/ 3786/ 2008 de 29 de diciembre

 

Domingo,  5 Feb 2012, 10:11

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