- 11 noviembre, 2009 MEDIDAS FISCALES QUE INTRODUCE LA LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2010 El pasado 1 de octubre de 2009 se publicó en el BOCG el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.
El pasado 1 de octubre de 2009 se publicó en el BOCG el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009. No obstante, dado que el proyecto será ampliamente debatido tanto en el Congreso como en el Senado, muy presumiblemente el articulado será objeto de modificaciones.
En el Título VI se incluyen las disposiciones de ámbito tributario poniendo de manifiesto la influencia de la política fiscal en el contexto de la crisis económica. Así, versan principalmente sobre:
IRPF
- Suprime la deducción de hasta 400 euros por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas, por cuanto han desaparecido las razones que justificaron su implantación en 2008 como mecanismo de ayuda a las familias proporcionándoles una mayor renta disponible para hacer frente a una situación caracterizada por elevadas tasas del euribor y de la inflación, así como por los efectos de un precio muy alto del petróleo.
- Incrementa el gravamen de las rentas del ahorro, para conseguir que quienes tiene una capacidad económica mayor contribuyan de manera superior para hacer frente a los gastos sociales adicionales que la actual situación económica requiere.
- Eleva el límite de la exención por las prestaciones por desempleo percibidas en su modalidad de pago único.
- Habida cuenta de la futura redefinición de los incentivos relacionados con la vivienda habitual, se introduce una disposición adicional que confirma la aplicación de la normativa actual durante 2010, a fin de garantizar la seguridad jurídica.
I.SOCIEDADES
- Reduce el tipo de gravamen aplicable a las pequeñas y medianas empresas que creen o mantengan empleo.
IVA
- Los tipos impositivos general y reducido pasan del 16 y 7 al 18 y 8 por ciento, respectivamente, con efectos a partir del segundo semestre de 2010, pues se intenta garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas a medio y largo plazo.
TRIBUTOS LOCALES
- Actualizan los valores catastrales de los bienes en un 1 por ciento.
ITPAJD
- Actualiza la escala que grava la transmisión y rehabilitación de Grandezas y Títulos Nobiliarios al 1 por ciento.
TASAS
- Actualizan, con carácter general, al 1 por ciento los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal, excepto las tasas que se hayan creado o actualizado específicamente por normativas dictadas en 2009.