26 mayo, 2009 Los dos unicos socios de una SLNE familiar, que son administradores solidarios y poseen el 50% del capital, ¿pueden darse de alta en el Régimen General como trabajadores por cuenta ajena de su SLNE?No, dado que el capital social de la SLNE está repartido al 50% entre los dos únicos socios y que ambos ejercen la administración de la misma, deberán estar de alta y cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (de conformidad con lo dispuesto en la D.A 27ª del texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
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