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Preguntas frecuentes

  • 26 mayo, 2009 Los dos unicos socios de una SLNE familiar, que son administradores solidarios y poseen el 50% del capital, ¿pueden darse de alta en el Régimen General como trabajadores por cuenta ajena de su SLNE? No, dado que el capital social de la SLNE está repartido al 50% entre los dos únicos socios y que ambos ejercen la administración de la misma, deberán estar de alta y cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (de conformidad con lo dispuesto en la D.A 27ª del texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.


Jueves,  9 Sep 2010, 13:02

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