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| Organismo convocante | Cámaras CV |
| Fecha de publicación | --- |
| Solicitantes |
Pequeñas y medianas empresas cuyo domicilio o sede de dirección efectiva radique en el territorio de la Comunitat Valenciana, siempre que no hayan sido beneficiarias de estas ayudas en convocatorias anteriores. El servicio objeto de la ayuda integrará: |
| Requisitos |
- Se considerará pyme, según la Recomendación de la Comisión Europea, de 6 de mayo de 2003, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE núm. L 124/36, de 20 de mayo de 2003), toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que reúna los siguientes requisitos: a) Que emplee a menos de 250 personas. b) Que tenga un volumen de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros, o bien un balance general no superior a 43.000.000 euros. - Las condiciones exigidas para beneficiarse de estas subvenciones deberán mantenerse hasta el momento del pago de las mismas. |
| Cuantía | Cada pyme solicitante no podrá resultar adjudicataria por importe superior al 90% de la cuantía que justifique; y, en todo caso, el importe de la subvención por pyme no superará la cuantía de 1.500 euros. |
| Plazo de presentación | El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6348, de 06/09/10. |
| Más información / Impresos | http://www.camarascv.org/programas.php?idioma=1 |