INICIO > Comunicados

Comunicados

  • 8 septiembre, 2010 AYUDAS PARA LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA CON OBJETO DE PROMOVER LA UTILIZACIÓN DEL NEGOCIO ELECTRÓNICO Y, ESPECÍFICAMENTE, FOMENTAR LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA (e-FACTURA). Con estas ayudas se pretende fomentar el uso de la factura electrónica entre las pymes de la Comunitat Valenciana, a través de la financiación del coste de la incorporación de las empresas a soluciones o plataformas tecnológicas de factura electrónica. Dentro de dicho coste podrá incluirse también el asesoramiento necesario para su análisis y posterior implantación, así como, la formación necesaria para su utilización, siempre que se hallen vinculados.

   
Organismo convocante Cámaras CV
Fecha de publicación ---
Solicitantes

Pequeñas y medianas empresas cuyo domicilio o sede de dirección efectiva radique en el territorio de la Comunitat Valenciana, siempre que no hayan sido beneficiarias de estas ayudas en convocatorias anteriores.

El servicio objeto de la ayuda integrará:
La solución, plataforma o servicio que permita enviar y recibir facturas electrónicas en el formato XML (Facturae, establecido por la Administración General del Estado), permitiendo una fácil integración con los sistemas de gestión interna de la empresa (contabilidad, tesorería, gestión de almacén, etc.), así como, el asesoramiento necesario para el análisis y posterior implantación de los elementos señalados, y la formación necesaria para su utilización.

Requisitos

- Se considerará pyme, según la Recomendación de la Comisión Europea, de 6 de mayo de 2003, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE núm. L 124/36, de 20 de mayo de 2003), toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que reúna los siguientes requisitos:

a) Que emplee a menos de 250 personas.

b) Que tenga un volumen de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros, o bien un balance general no superior a 43.000.000 euros.

- Las condiciones exigidas para beneficiarse de estas subvenciones deberán mantenerse hasta el momento del pago de las mismas.

Cuantía Cada pyme solicitante no podrá resultar adjudicataria por importe superior al 90% de la cuantía que justifique; y, en todo caso, el importe de la subvención por pyme no superará la cuantía de 1.500 euros.
Plazo de presentación El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6348, de 06/09/10.
Más información / Impresos http://www.camarascv.org/programas.php?idioma=1


 

Domingo,  5 Feb 2012, 11:14

Boletín GENERAL

SUSCRÍBETE Y RECIBIRÁS NUESTROS BOLETINES INFORMATIVOS.

He leído y acepto la política de privacidad

CONSEJO DE CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Pza. Alfonso el Magnánimo, 12-2  46003 VALENCIA  - Tel.: 96 353 40 72 - Fax: 96 353 40 73

         

0,063 seg / 47 sql / 27,53 MB

- AVISO LEGAL - POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS -

Software Gestión GESIO®