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  • 3 febrero, 2010 AYUDAS PARA INCREMENTAR LA COMPETITIVIDAD DE LA PYME COMERCIAL 2010. Con la publicación de la Orden de 30 de diciembre de 2009, la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación pretende financiar las actuaciones que realicen, en la Comunitat Valenciana, las pymes comerciales para mejorar su posición competitiva, mediante la modernización de sus establecimientos, la adquisición de equipamiento e incorporación de nuevas tecnologías y técnicas de gestión en los establecimientos comerciales.

BENEFICIARIOS: Personas físicas o jurídicas, calificadas como pymes o microempresas, que ejerzan la actividad comercial(2), ubicados al menos en planta baja, con al menos una año de antigüedad (ver excepciones y particularidades en la Orden de ayudas) y que pretendan llevar a cabo los proyectos de inversión siguientes:
 
INVERSIÓN
INVERSIÓN
MÍNIMA
SUBV. MÁXIMA
a
Adquisiciónde equipamiento comercial para el almacenamiento, exposición y/o venta del producto en los establecimientos comerciales.
5.000€
30% (¹)
Hasta 25.000 €
 
b
Vinculación a forma asociativa e inversiones para la adecuación del establecimiento a tal efecto.
5.000€
30% (¹)
Hasta   25.000 €
c
Inversiones definidas en los estudios de diagnóstico del Punto de Venta, incluidos los gastos de proyecto y dirección de obra en el caso de que se realicen obras.
5.000€
30% (¹)
Hasta 25.000 €
En todos los apartados se considera apoyable la adquisición de licencias de software y las aplicaciones informáticas que sean desarrolladas de forma específica para las necesidades de la empresa.
 
(1) En caso de tratarse de microempresa se podrá obtener + 5% de subvención. En caso de acreditar vigencia de reconocimiento de Comercio Excelente + 5% de subvención.
 
(2) Actividades subvencionadas: Sección S, 96.01; Sección G, (excepto 45.1, 45.2, 46.1, 46.2, 46.35, 46.46, 46.6, 46.71, 46.72, 46.75, 46.76, 46.77, 46.9, 47.26, 47.3, 47.73, 47.8 y 47.9) de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009). 
 
TENGA EN CUENTA QUE:
·        IMPORTANTE: Los proyectos iniciados con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud no serán subvencionables.
·        Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000€ en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000€ en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios, el beneficiario deberá aportar tres ofertas de diferentes proveedores.
·        Los locales comerciales en obra nueva deben estar completamente finalizados a la fecha establecida para la justificación de la inversión.
·        Los comercios de alimentación y bebidas, con zona de degustación, si esta es menor al 40% del local, podrán recibir ayudas, pero el equipamiento específico para la zona de degustación, no es subvencionable.
·        En un establecimiento con distintas actividades (CNAE), sólo las inversiones directamente vinculadas a la actividad comercial son apoyables. 
 
FIN DEL PLAZO PARA SOLICITAR LA SUBVENCION: 28 de febrero de 2010.
 
 
 


 

Viernes,  3 Sep 2010, 21:45

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